La jueza Lorena Juliano imputó al exsenador Charles Carrera como presunto autor responsable de un delito de fraude en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de falsificación ideológica de documento público, en este caso como autor mediato, y con un delito de utilización de información privilegiada, como solicitó la fiscal del caso, Sandra Fleitas. Como medidas cautelares, debe fijar su domicilio y tiene prohibido salir del país, por 90 días.
Charles Carrera fue imputado por delitos de fraude, falsificación ideológica y utilización de información privilegiada 6n334x
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Carrera debe fijar domicilio y no puede salir del país. La fiscal solicitó también arresto domiciliario total con tobillera y la prohibición de uso de redes sociales, pero la jueza no dio lugar. 10x2c
La defensa interpondrá un recurso de reposición y apelará a la resolución judicial respecto a la imputación y la Fiscalía por las medidas cautelares, porque creen que puede entorpecer la investigación.
Fleitas, a cargo del caso, entiende que Carrera tiene responsabilidad penal por el uso irregular del Hospital Policial para atender durante tres años a un hombre herido de bala en La Paloma, Rocha, presuntamente por el disparo de un policía durante una fiesta privada. También por el pago de tickets de alimentación que provenían de un fondo para canastas de fin de año para funcionarios policiales. Carrera habría cometido estos delitos cuando era director general de Secretaría del Ministerio del Interior, durante el gobierno del FA.
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"Actúa con engaños en los actos en los que debe intervenir por razón de su cargo, provocándole un daño a la istración en beneficio de un tercero", sostuvo la fiscal en su pedido de formalización. "Al tener la facultad de istración, es un ordenador de gastos. Tiene conocimiento de las partidas del ministerio y debe vigilar que esa partida tenga el destino para la cual fue concedida", agregó.
"Actuando con engaño da dos órdenes, una de naturaleza verbal y otra de naturaleza escrita. La verbal, le ordena al doctor Anzalone, que en ese momento era el director de la Dirección Nacional de Sanidad Policial, que ingrese a un civil a el Hospital Policial. Y como bien dijo el doctor Anzalone, las órdenes se cumplen, no se discute, y eso ingresa dentro de lo que en derecho penal se conoce como una causa de obediencia debida al superior", señaló Fleitas.
La fiscal explicó que, según su teoría del caso, para que Hernández ingresara al sistema, hubo que "falsear la ocupación" y que para esto se requirió un documento. "Esa falsedad en cuanto a la ocupación es lo que configura el delito de falsificación ideológica por funcionario público en un documento público como lo es una historia médica", añadió.
"En este caso no había ninguna norma que habilitara a que se pudiera atender a un gasto de un particular. Razón por la cual hay una desviación del poder, que además es en perjuicio del Estado, pone en evidencia lo que tiene que ver el daño, porque el delito de fraude exige necesariamente que exista un daño", argumentó sobre otra de las tipificaciones que solicita, por fraude.
"Actuó claramente con engaño", remarcó la fiscal. "Es claro que autorizó el pago Carrera. Hizo uso de información o datos reservados, que él los conocía, por razón del cargo que tenía", dijo.
La fiscal solicitó, entre otras medidas, arresto domiciliario total con tobillera y la prohibición de uso de redes sociales por 150 días, por considerar que puede entorpecer la investigación. Dijo que luego de conocerse el pedido de formalización, el investigado y su defensa hicieron uso de redes sociales y medios de comunicación con "una actitud de amedrentamiento". También por considerar que puede "incidir en los testigos que aún no han declarado". Para la defensa, la medida atentaría contra la libertad de expresión.
La jueza solo dio lugar a la fijación de domicilio y prohibición de salir del país, por 90 días: "Entiendo que las medidas de coerción que están previstas en este artículo 221 y a los efectos de garantizar lo que es la instrumentalidad del proceso y que no pueda entorpecer la investigación, solo haría lugar a la medida de constitución de domicilio y la prohibición de salir del país. El plazo es de 90 días", expresó.
La Fiscalía apelará a esta resolución por no hacer lugar al arresto domiciliario total con tobillera. "No estamos frente a un mero uso de las redes sociales, estamos ahora actualmente en una nueva etapa procesal", señalaron desde el equipo de Fleitas.
Desde la defensa de Carrera, el abogado Juan Manuel González Rossi pidió el sobreseimiento respecto al delito de abuso de funciones, debido al cambio en la tipificación.
"Si no hay acusación no se puede pedir el sobreseimiento", sostuvo la fiscal Fleitas respecto a este punto.
La jueza no dio lugar al sobreseimiento por abuso de funciones porque no hubo una imputación al respecto. "Si la investigación continúa y entrada la etapa de acusación hay algún otro elemento objetivo que de mérito para que la Fiscalía pueda pedir una ampliación, el juzgado simplemente va a tener que estar a la recepción de esa nueva solicitud", sostuvo respecto a que se impute a futuro.
El abogado de Carrera afirmó que la fiscal tuvo "errores del pedido de formalización" lo que indica que hubo "un análisis no minucioso y profundo" de la causa y que manifestó afirmaciones con "ningún tipo de sustento probatorio".
"Con la anterior titular de la Fiscalía, había aspectos sobre los que ya tenía total claridad, como que al señor Víctor Hernández nadie le había creado ningún cargo de nada", aseguró González. Por su parte, la abogada Lucía Fernández consideró que "existe un gran cúmulo de evidencia que controvierte las afirmaciones de la Fiscalía".
Los abogados también remarcaron que su cliente está en estado de indefensión por el cambio de delito. "El señor Charles Carrera tiene que tener la certeza mínima, lo mínimo que el Estado de Derecho le puede garantizar a una persona sometida a una investigación, es darle a conocer los cargos que se le imputan, y de manera definitiva", consideró González. "Solicitamos que den la garantía mínima al imputado de conocer los cargos que se le imputan", agregó.
"Es imposible defenderse así", dijo la abogada Fernández.
"Vamos a demostrar que el planteo de la doctora Fleitas no logra superar las pautas mínimas de seriedad, de solidez, de credibilidad, de racionalidad, coherencia y verosimilitud", aseguró el abogado, para quien "esa solicitud de formalización no puede prosperar".
Entre los puntos expresados por la defensa, estuvo el cuestionamiento al delito de "utilización indebida de información privilegiada" y el pedido de que se rechace. El abogado González afirmó que tiene que ver con la venta de información privilegiada, por lo que no cuadra su tipificación, y que además, aseguraron, no se trataba de información reservada. Para la defensa es "atipicidad ostensible".
También cuestionaron el delito de falsificación ideológica. El abogado González detalló que Sanidad policial no dependía directamente del cargo de Carrera. "Sus funciones nunca tuvieron que ver con manejar ningún documento de sanidad policial", remarcó.
"Más allá de la reglamentación y de qué personas tienen derecho a s de la sanidad policial, existe, desde siempre, desde toda la vida, pero desde el año 91 una reglamentación especial, lo que se llama el sistema de autorizaciones especiales. Se le da a las personas que no son s, pero que sin embargo por una serie de razones se entiende justificado autorizar a que se atiendan en sanidad policial. Es una facultad discrecional del director nacional de Sanidad policial dar esas autorizaciones a determinadas personas", marcó el abogado y aseguró que, según testigos, el software coloca por defecto "oficial subayudante".
En ese sentido, puso como ejemplo el caso del exministro del Interior Eduardo Bonomi que se atendió y que allí el sistema también marcó "oficial subayaudante".
"De falso el documento no tiene absolutamente nada", aseguró el abogado sobre el documento que habilitó los tickets a Víctor Hernández, su madre y su hermano.
Al respecto del tercer delito, de fraude, el abogado sostuvo que "no hubo ningún engaño" en la forma de actuar de Carrera. "Le dieron autorización especial a , porque no era , igual que lo hacen con 14.000 personas", subrayó González.
"El delito de fraude requiere que sea en beneficio propio o de un particular. Acá fue en beneficio de la istración y por razones humanitarias. No para causarle un beneficio a Víctor Hernández", consideró.
"Frente a la situación problemática que tenía, de que tenía una persona baleada, en una situación muy, muy precaria y muy desprotegida, y el sistema público no le daba una solución acorde a sus necesidades, lo que hizo la cúpula del Ministerio del Interior fue con lo que tenía, armar una solución que fuera buena, y fue muy buena. Porque a esta persona le mejoraron su vida, porque durante todo ese tiempo no pasó hambre", señaló.
Previamente a la audiencia de formalización, el exsenador presentó escritos académicos y jurídicos que sostienen su inocencia, y recusó a la fiscal Fleitas por entender que tiene “una clara filiación política y afinidad ideológica” con partidos de la oposición.
Los abogados de Carrera presentaron el escrito de recusación y solicitaron a la Justicia que suspenda la audiencia de formalización, pero se mantuvo. Luego, volvieron a pedir, en la audiencia, una prórroga de 120 días, argumentando que la Fiscalía cambió de teoría del caso sin comunicar al indagado. "La evidencia que la defensa tuvo que recabar. Todas las evidencias que la defensa tuvo que salir a cuestionar. Los informes jurídicos, fueron enfocados a demostrar que esos hechos no podían nunca encuadrar en el delito de abuso de funciones", dijo el abogado en la audiencia, y agregó: "La defensa no tuvo el preaviso de la Fiscalía no tuvo la posibilidad de volver a revisar las evidencias a la luz de estas nuevas figuras imputadas. No tuvo la posibilidad de ordenar sus argumentos a la luz de estas nuevas figuras imputadas y no tuvo la posibilidad en un asunto de tanta complejidad, de requerir a los consultantes que los analizaran ahora a la luz de los delitos de estas tres nuevas figuras imputadas", sostuvo el abogado.
Para Fleitas, según indicó en la audiencia, "no hay argumentos" para lo solicitado por la defensa en relación a la prórroga, que conocen el caso desde agosto de 2022, por lo que se opuso. Los hechos que se van a relatar son exactamente los mismos que fueron tomados en cuenta por mis antecesores.
La jueza no dio lugar al pedido de la defensa.
La bancada de Senadores del Frente Amplio, y en particular los dirigentes del MPP (sector de Carrera) cuestionan a la fiscal Fleitas por presentar una acusación habiendo estudiado en pocos días un expediente que lleva tres años de investigación.
A su vez cuestionan la designación de Fleitas por parte de la Fiscal General Mónica Ferrero, que dispuso el traslado de la anterior fiscal del caso.
Por esta razón citaron al Parlamento a Ferrero, para que explique este cambio de fiscal y otros traslados, por ejemplo en el caso que tiene ya imputado y con medidas cautelares al intendente elector de Soriano, en nacionalista Guillermo Besozzi.
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