La Corte Electoral declaró improcedente la iniciativa local y el referéndum que promovían vecinos de la ciudad de Florida y de las localidades de 25 de Mayo y Sarandí Grande, contra el trazado del Ferrocarril Central. 55346n
Corte Electoral rechazó planteo de vecinos para frenar el Ferrocarril Central 4h376c
"El referéndum es una herramienta distinta y que no necesariamente está planteada para iniciativas locales", afirmó el ministro José Garchitorena. 1d6c2y
Los argumentos fueron los mismos que habían esgrimido en marzo un grupo de ciudadanos de Durazno y Santa Bernardina, que presentaron una propuesta similar para modificar el recorrido de la vía férrea, dijo a Subrayado el ministro de la Corte Electoral, José Garchitorena.
La sentencia declaró improcedente la iniciativa local y el referéndum que se promovía para el caso de que esa iniciativa local no fuera aprobada por las Juntas Departamentales, indicó el ministro.
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Garchitorena sostuvo que la legislación uruguaya no establece que ante la negativa de una iniciativa local le siga el referéndum, como pretendían los promotores. “El referéndum es una herramienta distinta y que no necesariamente está planteada para iniciativas locales”, afirmó.
Según Garchitorena, “la Corte Electoral lo que entendió en ambos casos, es que la materia objeto de la iniciativa local, que era la prohibición del proyecto del denominado ‘tren de UPM’ no es materia local y, por consiguiente, no puede ser objeto de una iniciativa local ante las autoridades departamentales”.
Los promotores de la iniciativa pueden recurrir ante la propia Corte Electoral, ya que es el organismo que tiene atribución “privativa” y “excluyente” en la materia.
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