El 1º de abril comienza la transición hacia el pago electrónico en los salarios de los trabajadores del servicio doméstico.
Estos son los aspectos de la Ley de Inclusión Financiera que rigen desde este domingo
Quienes estén registrados como mensuales, deberán comenzar a percibir su remuneración por medios electrónicos mediante acreditación en cuenta o en instrumento de dinero electrónico en la institución elegida por el trabajador.
De momento, los jornaleros no están comprendidos, sino recién a partir enero del próximo año. Los empleadores jubilados o pensionistas a 31 de diciembre del año pasado, quedan exentos de pagar mediante la nueva modalidad.
Además, a partir de hoy, queda se establece la prohibición de pagar en efectivo inmuebles o vehículos que superen los 40 mil unidades indexadas, lo que equivale a unos 5 mil dólares.
Deberán de emplearse letras de cambio cruzadas, cheques comunes o diferidos, cruzados y con la cláusula de “no a la orden”, itiéndose el uso de cheques diferidos sin la cláusula de “no a a la orden” hasta el 31 de diciembre.
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